Wedding Contract
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
En Barcelona, a …………… de ……………………………….. de 20……….
REUNIDOS
De una parte, DON JOSEP PLANA, mayor de edad, con domicilio profesional en Barcelona (08008) Paseo de Gracia, número 85, y provisto de D.N.I. nº 47676842-G, actuando en nombre y representación de la sociedad mercantil SHOWTIME EVENTS, S.L., con NIF B67509604 domicilio social en Barcelona (08008) Paseo de Gracia, número 85 (en lo sucesivo, referida como “LA PUTA SUEGRA”). Y, de otra parte, ………………………..……………………………………………………………., mayor de edad, con domicilio en …………………………………………………………………………………………………………………………………, y provista de D.N.I. nº …………………………………………… y por otra parte ………………………..……………………………………………………………., mayor de edad, con domicilio en …………………………………………………………………………………………………………………………, y provisto de D.N.I. nº …………………………………………… (en lo sucesivo, referidos conjuntamente como “LOS CLIENTES”).
Reconociéndose ambas partes, recíprocamente, la capacidad legal necesaria y suficiente para contratar y obligarse, de su libre y espontánea voluntad,
MANIFIESTAN
I.- Que LA PUTA SUEGRA es una empresa dedicada a la organización y diseño de eventos de todo tipo para empresas y particulares, que cuenta con el personal y equipo necesario especializado para prestar este tipo de servicios en cualquier tipo de evento.
II.- Que LOS CLIENTES se hallan interesados en contratar los servicios que presta LA PUTA SUEGRA para el diseño y organización de un evento que se celebrará el día 22 de julio de 2023 en La Farinera Sant Lluís y cuyos detalles se incluyen en el Anexo 1 (en lo sucesivo, el “Evento”), declarando los primeros conocer y haber recibido información sobre los servicios que ofrece la segunda; asimismo, LA PUTA SUEGRA se halla interesada en ofrecer sus servicios a los CLIENTES.
III.- Que conforme lo anterior, ambas partes están interesadas en celebrar el presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS (en lo sucesivo, el “Contrato”), el cual se regirá de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.
1.1. LOS CLIENTES contratan, para el Evento, los servicios de la LA PUTA SUEGRA que se detallan en el Anexo 2 del presente Contrato (en lo sucesivo, los “Servicios”).
1.2. La prestación de los Servicios por parte de LA PUTA SUEGRA se llevará a cabo en los términos y condiciones previstas en el presente Contrato.
1.3. La contratación de Servicios adicionales a los recogidos en el Anexo 2 requerirá acuerdo previo y por escrito de ambas partes, pudiendo ello motivar la modificación del precio y condiciones económicas acordadas en la Cláusula Tercera del presente Contrato.
SEGUNDA.- DURACIÓN DEL CONTRATO.
2.1. El plazo de duración del presente Contrato se conviene desde el día siguiente a la fecha de suscripción del mismo hasta la fecha de celebración del evento (……………………………………………………………….), incluido.
2.2. El antedicho plazo de duración será improrrogable.
2.3. No obstante los anteriores apartados, las Partes podrán resolver anticipadamente el presente Contrato de conformidad con lo previsto en la Cláusula Sexta.
TERCERA.- PRECIO Y CONDICIONES ECONÓMICAS.
3.1. El precio a pagar por LOS CLIENTES a LA PUTA SUEGRA por la prestación de los Servicios de organización y de decoración deben quedar abonados en su totalidad 60 días antes de la fecha de la celebración del Evento.
3.2. El Presupuesto Global de todo el evento, es un presupuesto aproximado y en ningún caso es el Presupuesto definitivo de cada uno de los proveedores.
3.3. LOS CLIENTES serán los encargados de realizar el pago a cada uno de los proveedores y se comprometen a realizarlo antes de la fecha de la celebración del evento. Quedando así el evento liquidado en su totalidad antes de su celebración.
CUARTA.- CONDICIONES PARTICULARES Y RESPONSABILIDADES.
4.1. Diseño del Evento:
a) LA PUTA SUEGRA llevará a cabo todo el proceso de diseño del Evento y, a tal fin, y tomando en cuenta la idea de evento interesado por LOS CLIENTES, que incluye aspectos como la estética y decoración floral y puesta en escena del Evento, y los servicios necesarios para el desarrollo del mismo.
4.2. Organización del Evento:
a) LA PUTA SUEGRA se encargará de buscar y poner en contacto con LOS CLIENTES a aquellos proveedores cuyos servicios resulten necesarios para el desarrollo del Evento de conformidad con las condiciones aquí pactadas.
b) LA PUTA SUEGRA presentará a LOS CLIENTES todas las propuestas de prestación de servicios que los referidos proveedores le faciliten, a fin de que LOS CLIENTES puedan valorarlas y decidir, bajo su único criterio, qué proveedores contratan para el Evento.
c) En relación con la organización del Evento, LA PUTA SUEGRA no suscribirá ningún contrato con ninguno de los proveedores que resulten elegidos por LOS CLIENTES. Así, LOS CLIENTES contratarán directamente los servicios prestados por los referidos proveedores. Salvo en casos especiales en los que se requiera de confidencialidad. En estos casos, se realizará un contrato especial con cada proveedor, así como un acuerdo de confidencialidad que se suscribirá con cada proveedor y trabajador que participen en el evento.
d) LOS CLIENTES podrán contratar con proveedores distintos a los propuestos por LA PUTA SUEGRA, previa validación expresa de los mismos por parte de LA PUTA SUEGRA, quién solicitará a LOS CLIENTES cuánta información resulte necesaria para el conocimiento de tales proveedores. LA PUTA SUEGRA está facultada para denegar a dichos proveedores, sin que ello suponga incumplimiento contractual alguno, y sin que de tal denegación se derive ni responsabilidad ni obligación indemnizatoria alguna a cargo de esta última sociedad.
e) LA PUTA SUEGRA no se responsabiliza de ningún daño material ni personal de ninguna índole que puedan sufrir LOS CLIENTES y/o los invitados al Evento y/o cualquier persona implicada en la organización del Evento, como consecuencia de la prestación de los servicios por los proveedores que LOS CLIENTES contraten, con independencia de si tales proveedores hubieren sido introducidos por LA PUTA SUEGRA o no.
f) Asimismo, LOS CLIENTES responderán de cuantos daños causaren, ellos directamente y/o los invitados al Evento, en el material de los proveedores de servicios utilizado el día del Evento, con independencia de si tales proveedores hubieren sido introducidos por LA PUTA SUEGRA o no, eximiendo a LA PUTA SUEGRA de dichos daños.
g) Para lo descrito anteriormente en los apartados f y g, LA PUTA SUEGRA, se encargará de asegurarse que todos los proveedores tienen suscrito un seguro de Responsabilidad Civil. Asimismo, se hará uno nuevo para el evento que asegurará la actuación de los invitados.
h) LA PUTA SUEGRA diseñará el Timeline del evento, éste es meramente una guía del mismo. LA PUTA SUEGRA se reserva el derecho de ir adaptando el mismo según las necesidades del EVENTO. Así como el derecho a modificar el mismo y cancelar algún show o momento previsto.
4.3. Decoración del Evento:
a) LA PUTA SUEGRA se encargará de llevar a cabo la organización y el montaje de la decoración del Evento, de conformidad con el proyecto de diseño del Evento aprobado por LOS CLIENTES en los términos previstos en el anterior apartado 4.1 de la presente Cláusula.
b) Todo el material de decoración utilizado el día del Evento (flores, recipientes, velas, jarrones, telas, iluminación, muebles, cojines, mesas, sillas, manteles, vajilla, etc.), es propiedad de LA PUTA SUEGRA.
c) LA PUTA SUEGRA seleccionará el material de “menaje de mesa” necesario para la correcta operativa, ejecución y necesidades del evento, manteniendo la línea y estética seleccionada para este.
d) No obstante, lo anterior, LOS CLIENTES podrán aportar su propio material extra de decoración y/o mobiliario, siempre previa aprobación de LA PUTA SUEGRA.
e) A la finalización del Evento, LA PUTA SUEGRA retirará todo el material de decoración que se haya utilizado para el Evento. En caso de que LOS CLIENTES hubieren aportado su propio material extra de decoración o mobiliario, deberán retirarlo ellos mismos a la finalización del Evento.
f) Queda totalmente prohibido apropiarse del material de decoración propiedad de LA PUTA SUEGRA. En todo caso, LOS CLIENTES responderán de los daños que la sustracción de dicho material de decoración ocasione a LA PUTA SUEGRA, incluso cuando tal sustracción se hubiere producido por una actuación de los invitados al Evento.
g) Asimismo, LOS CLIENTES responderán de cuantos daños causaren, ellos directamente y/o los invitados al Evento, en el material de decoración propiedad de LA PUTA SUEGRA utilizado el día del Evento.
h) LA PUTA SUEGRA no se responsabilizará de aquel material extra de decoración que hubieren aportado LOS CLIENTES a la celebración del Evento, de conformidad con lo previsto en el anterior apartado e). En este sentido, LOS CLIENTES eximen a LA PUTA SUEGRA de cuantos daños, de cualquier índole, se ocasionare a dicho material extra aportado por los primeros.
i) Asimismo, LOS CLIENTES responderán de los daños que se deriven de la utilización, durante el Evento, de los materiales de decoración, así como de los materiales extra de decoración, salvo que los mismos sean imputables directamente a la actuación negligente de LA PUTA SUEGRA.
4.4. Espacio de celebración del Evento:
a) El Evento se celebrará en el espacio descrito en el Anexo 1.
b) El referido espacio para la celebración del Evento será contratado directamente por LOS CLIENTES, salvo pacto en contrario por las Partes, el cual deberá recogerse en el correspondiente Anexo al presente Contrato.
c) LOS CLIENTES declaran conocer la ubicación, el estado de conservación y demás características y condiciones (urbanísticas, administrativas y de licencia, de adecuación o protección meteorológica, etc.) del referido espacio.
d) En caso de que LOS CLIENTES se interesaren en la celebración del Evento en un espacio sin licencia para albergar dicho Evento y/o en un espacio no acondicionado y/o al aire libre ubicado en plena naturaleza, LA PUTA SUEGRA advertirá de esta circunstancia a LOS CLIENTES. Si aun así LOS CLIENTES escogieran tal espacio como ubicación para su Evento, éstos eximen a LA PUTA SUEGRA de cualquier responsabilidad y/o daño de cualquier índole que pudiera derivarse, directa o indirectamente, con motivo de la celebración del Evento en el referido espacio.
e) En el supuesto de que, por las características y condiciones del espacio en el que se ubica el Evento, no quedare suficientemente garantizada la protección del Evento frente a situaciones climatológicas adversas inminentes y/o previsibles para el día del Evento, LOS CLIENTES aceptan que, en dicho caso, LA PUTA SUEGRA podrá tomar las decisiones necesarias para el correcto desarrollo del evento, implicando costes extras para EL CLIENTE, quedando LOS CLIENTES obligados al pago de todos los costes extras, como máximo 15 días después de la celebración del EVENTO.
f) En todo caso, LOS CLIENTES serán responsables de cualesquiera daños, de cualquier índole (incluidos aquellos ocasionados por cigarrillos, bengalas, etc.), que se causen al espacio contratado para albergar el Evento (incluyendo, pero sin limitarse a, las instalaciones, masías y fincas, vallas, instalaciones de suministros del lugar, etc.) durante la celebración del mismo, tanto por los propios CLIENTES como por los invitados al Evento y los proveedores de los respectivos servicios, sin perjuicio de cuantas acciones de repetición ostentaren LOS CLIENTES frente a los causantes del daño.
4.5. Personal:
a) LA PUTA SUEGRA determinará, bajo su único criterio y en función de las características del Evento, el número de profesionales de su equipo que será destinado a la organización y a la celebración del Evento, que están incluidos en el fee de organización de LA PUTA SUEGRA.
b) Todos los profesionales que integran el equipo de LA PUTA SUEGRA están debidamente habilitados para llevar a cabo su cometido.
c) Asimismo, LA PUTA SUEGRA declara cumplir con la normativa vigente en materia laboral y de seguridad en el ámbito del trabajo y riesgos laborales.
d) LOS CLIENTES se harán cargo del coste de las dietas (menús desayuno, comida y cena que proporcionará el catering del evento) de todos los profesionales de LA PUTA SUEGRA que intervengan el día del Evento. Así como del transporte, dietas y alojamiento para las visitas técnicas, reuniones con los clientes y proveedores que sean necesarias para el correcto desarrollo de todo el proyecto que harán los profesionales de LA PUTA SUEGRA.
QUINTA.- DERECHOS DE IMAGEN.
5.1. LOS CLIENTES autorizan a LA PUTA SUEGRA, con carácter indefinido, para que ésta pueda publicitar en sus redes sociales (Instagram, Twitter, etc.) así como en su página web corporativa los servicios profesionales prestados por ésta última. Igualmente, LOS CLIENTES autorizan a LA PUTA SUEGRA, con carácter indefinido, para que ésta pueda tomarles fotografías de su persona y de la de todos los invitados al Evento durante la celebración del mismo, con la finalidad de poder insertar dichas fotografías en las referidas redes sociales y página web corporativa.
5.2. LA PUTA SUEGRA no se responsabiliza del uso que los distintos proveedores contratados por LOS CLIENTES, puedan hacer sobre cualquier información sobre el evento, fotografías, imágenes del evento. Tampoco se responsabiliza de cualquier tipo de difusión de la información sobre el evento y/o imágenes del mismo que tales proveedores o invitados al evento publiquen, comuniquen o compartan en sus redes sociales o medios de comunicación.
SEXTA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
6.1. El presente Contrato quedará extinguido por las siguientes causas:
a) En cualquier momento, por mutuo acuerdo de las Partes. En este supuesto, las Partes deben estipular por escrito las condiciones de tal finalización.
b) Por voluntad unilateral de cualquiera de las partes, de conformidad con lo siguiente:
b.1) En caso de resolución anticipada del Contrato por parte de LOS CLIENTES, LA PUTA SUEGRA hará suya, en todo caso, la totalidad de la cantidad entregada por EL CLIENTE hasta la fecha. Asimismo, EL CLIENTE deberá pagar la cantidad íntegra del fee de La Puta Suegra en concepto de organización del EVENTO, y un 60% del proyecto de decoración y todos los costes derivados de las reuniones y visitas técnicas realizadas.
b.2) Si el Evento fuere cancelado por LOS CLIENTES dentro de los noventa (90) días hábiles inmediatamente anteriores a su celebración, sea cual fuere la causa de dicha cancelación, LOS CLIENTES deberán abonar la totalidad del fee de organización y la totalidad del presupuesto de decoración pactado en el presente Contrato dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la comunicación de la cancelación.
c) El incumplimiento de las obligaciones relacionadas en el presente Contrato constituye una causa de incumplimiento contractual y, por tanto, otorgará a la Parte no incumplidora el derecho a resolver inmediatamente este Contrato, sin necesidad de respetar ningún plazo de preaviso y sin que de ello se derive ningún tipo de responsabilidad a cargo de la Parte cumplidora ni ningún tipo de derecho restitutorio ni indemnizatorio a favor de la Parte incumplidora.
d) En el supuesto de un estado de alarma, excepción o de sitio, las partes se pondrán de acuerdo para posponer el evento con un máximo de un año a la fecha del Evento y acordar un cambio de fecha sujeto a la disponibilidad de LA PUTA SUEGRA, no pudiéndose en ningún caso cancelar el evento por esta causa, o por ninguna derivada de ésta. En el supuesto caso de tener restricciones derivadas del estado de alarma, excepción o de sitio, EL CLIENTE no podrá modificar o posponer la fecha. En el caso de querer hacerlo, EL CLIENTE abonará la parte restante del fee de organización y volverá a pagar la cantidad íntegra del fee de organización de La Puta Suegra para el bloqueo de la nueva fecha del EVENTO.
e) Por cualquiera otra causa legalmente establecida.
6.2. En el supuesto de cancelación del Evento por parte de LOS CLIENTES, éstos se obligan a comunicar tal circunstancia a los proveedores cuyos servicios hubieren contratado y, en su caso, a resolver los respectivos contratos que hubieren suscrito con tales proveedores, eximiendo a LA PUTA SUEGRA de cualquiera consecuencia, de cualquier índole, que ello pudiere llevar aparejado.
6.3. No obstante la terminación del presente Contrato por cualquiera de sus causas establecidas, quedarán plenamente vigentes y vinculantes las obligaciones asumidas por LOS CLIENTES bajo las Cláusulas Quinta y Séptima.
SÉPTIMA.- CONFIDENCIALIDAD.
7.1. Cualquier información que, con motivo del presente Contrato y con anterioridad al mismo, cualquiera de las Partes haya comunicado a la otra Parte será tratada como confidencial. Las negociaciones y los términos y condiciones del presente Contrato, así como su firma, son también confidenciales.
7.2. Asimismo, durante la vigencia del presente Contrato y después de su terminación, las Partes mantendrán en estricta confidencialidad cualquier información que hayan adquirido durante la prestación de los servicios y con motivo de ellos, salvo que dicha información fuera de dominio público o hubiere sido revelada al público por terceras personas o por LOS CLIENTES.
7.3. Quedan relevadas del deber de confidencialidad aquellas informaciones cuya revelación a terceros hubiere sido expresamente autorizada y aceptada por las Partes, y aquellas que deban proporcionarse a terceras personas en cumplimiento de la legislación vigente o mandato policial y/o judicial.
7.4. LOS CLIENTES autorizan a LA PUTA SUEGRA a revelar, a los distintos proveedores con lo que contacte e introduzca a LOS CLIENTES aquella información que resulte razonablemente necesaria habida cuenta el estadio en el que se encuentre, en cada momento, la organización del Evento.
7.5. Si se requiriere de un acuerdo de confidencialidad personalizado, modificado o nuevo, independiente de este contrato, LOS CLIENTES tendrán que asumir los costes de la adaptación o nuevo contrato de confidencialidad. Asimismo, en los casos de que LOS CLIENTES requieran de confidencialidad extrema, se deberá realizar un anexo a este contrato, que tendrá un fee adicional al fee de organización del evento. En estos casos será de obligatorio cumplimiento, realizar plan de seguridad especial y contar con un plan autoprotección para el evento, que diseñará LA PUTA SUEGRA con el proveedor seleccionado por esta y del que se harán cargo LOS CLIENTES.
OCTAVA.- CESIÓN DEL CONTRATO.
8.1. Las Partes no podrán, bajo ningún concepto, ceder o enajenar todo o parte de este Contrato ni ninguno de los derechos y obligaciones en él contraídos sin el previo consentimiento por escrito de la otra Parte. Cualquier intento de cesión o enajenación, por una Parte, de las obligaciones derivadas del presente Contrato sin el consentimiento previo, expreso y escrito de la otra Parte, será inválido y no vinculante, y ello sin perjuicio del derecho de la Parte que no hubiere autorizado dicha cesión o enajenación del Contrato de resolverlo de forma inmediata, reservándose el derecho a reclamar los correspondientes daños y perjuicios.
NOVENA.- PROTECCIÓN DE DATOS.
9.1. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 03/2018 de 5 diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, LOS CLIENTES declaran conocer y acepta que LA PUTA SUEGRA conservará y procesará los datos personales relativos a aquéllos, los cuales podrán ser recogidos por parte de LA PUTA SUEGRA por escrito, electrónicamente o de cualquier otro modo.
9.2. En virtud de los dispuesto en Ley Orgánica 03/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, LA PUTA SUEGRA pone en conocimiento de LOS CLIENTES el derecho de éstos de acceder, rectificar, oponerse y, en su caso, una vez finalizada la relación jurídica, cancelar los datos de carácter personal, mediante petición expresa y por escrito a LA PUTA SUEGRA.
9.3. En cualquier caso, los datos personales que dimanen del presente Contrato serán tratados de conformidad y en pleno cumplimiento de la vigente Ley Orgánica 03/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.
DÉCIMA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
10.1. El presente contrato se rige por el Derecho español.
10.2. Con renuncia personal y expresa a cualquier otro foro que pudiera corresponderles, las Partes someten cualesquiera cuestiones relativas a este Contrato, su ejecución, interpretación y/o cumplimiento a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Barcelona (España). Y en prueba de conformidad, y para que así conste, ambas Partes firman el presente documento por duplicado ejemplar ya un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Firma: JOSEP PLANA (SHOWTIME EVENTS, SL)
Firmas: LOS CLIENTES
ANEXO 1
EL EVENTO
Descripción del Evento: ………………………………………………………………………………………………………………………………….
Fecha de celebración del Evento: …………………………………………………………………………………………………………………..
Lugar de celebración del Evento: …………………………………………………………………………………………………………………….
Nº de invitados al Evento: ……………………………………………………………………………………………………………………………….
Hora de inicio del Evento: ……………………………………………………………………………………………………………………………….
Hora de finalización del Evento: ………………………………………………………………………………………………………………………
ANEXO 2
SERVICIOS A PRESTAR POR LA PUTA SUEGRA
1) DISEÑO DEL EVENTO:
Conceptualización del proyecto
Diseño de iluminación
Diseño de seguridad
2) ORGANIZACIÓN DEL EVENTO:
Organización y planificación
Consultoría y asesoría
Diseño y desarrollo del proyecto
Producción ejecutiva
Discreción y confidencialidad
Elaboración del presupuesto global
Escaleta de timings y cronograma
Selección de proveedores y espacios
Creación del diseño de decoración e iluminación
Visitas técnicas
Producción técnica
Tramitación de contratos, licencias y permisos
Gestión y contratación de artistas & shows
Coordinación de transporte y logística
Selección del material de alquiler
3) DECORACIÓN DEL EVENTO.
Diseño floral, decoración y puesta en escena de evento (se elaborará un presupuesto a parte del de organización)